Accidentes y Enfermedades Laborales · Art. 473 LFT

Un accidente en el trabajo no es solo el IMSS — puedes reclamar más

¿Tuviste un accidente o enfermedad laboral? Reclamamos indemnización adicional al IMSS por negligencia del patrón. Consulta gratis.

¿Qué dice la ley sobre tu caso?

Cuando ocurre un accidente o enfermedad de trabajo, el IMSS cubre la atención médica básica. Pero si hubo negligencia del patrón — falta de equipo de seguridad, condiciones peligrosas, falta de capacitación — tienes derecho a una indemnización adicional que el IMSS no paga.

Los plazos para reclamar indemnización por accidente laboral son distintos al despido. Contáctanos cuanto antes para no perder tu derecho.

Lo que puedes reclamar

  • Art. 473
    Definición de riesgo de trabajo
    Accidentes y enfermedades derivados del trabajo o trayecto al mismo.
  • Art. 487
    Prestaciones garantizadas
    Asistencia médica, hospitalización, medicamentos y rehabilitación.
  • Art. 489
    Responsabilidad del patrón
    El patrón responde aunque el trabajador haya cometido imprudencia.
  • Art. 495
    Incapacidad temporal
    100% del salario mientras dure la incapacidad certificada.
  • Art. 500
    Indemnización por muerte
    Equivalente a 5,000 días de salario para los beneficiarios.

Cómo trabajamos

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El IMSS cubre atención médica, medicamentos y una pensión básica por incapacidad. La demanda al patrón busca una indemnización adicional por el daño causado, especialmente si hubo negligencia: falta de equipo de protección, instalaciones inseguras o falta de capacitación. Estos montos son independientes y complementarios.
Los accidentes de trayecto también son riesgos de trabajo conforme al Artículo 474 de la LFT, siempre que el recorrido sea el habitual entre tu domicilio y el trabajo. Tienes los mismos derechos que si el accidente hubiera ocurrido dentro de las instalaciones.
Sí. El Artículo 489 de la LFT establece que el patrón es responsable aunque el trabajador haya actuado con imprudencia, salvo que haya sido intencional. La negligencia del patrón al no proveer condiciones seguras es independiente de lo que haya hecho el trabajador.
Puedes reportarlo tú mismo directamente en cualquier clínica del IMSS con tu número de seguridad social. Además, la negativa del patrón a reportar el accidente es una violación laboral adicional que fortalece tu caso y puede acarrearle sanciones.

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